La Justicia en la picota || La banda de los usurpadores
El fiscal Costilla preparó un cuestionario para los 478 testigos
El pliego incluye más de 20 preguntas que deberán responder de manera clara, concisa y veraz.
El fiscal de Instrucción N° 5, Hugo Costilla, elaboró un cuestionario que deberán responder los 478 testigos que citó a prestar declaración testimonial, en el marco de la causa de la banda de los usurpadores. El representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) apunta a que los testigos respondan cada pregunta de forma clara, concisa y veraz, brindando todos los detalles relevantes que recuerde y, si no recuerda algún dato específico, que lo indique diferenciando entre lo que es de su conocimiento directo y lo que le fue informado por terceros. A los testigos les preguntarán si conocen a Mario Rodrigo Del Campo, el presunto líder de la banda; a Clara Estela Méndez, madre de Del Campo y la mayor demandante y cobradora de los juicios ejecutivos, según Costilla; y a Marcela Beatriz Pacheco, expareja de Del Campo.
Además, les consultarán si mantuvieron alguna relación comercial, contractual o personal con la persona o entidad que figura como "actor" (demandante) en expedientes ejecutivos del registro del Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial y de Ejecución N° l y 2. También les pedirán información sobre la forma en que se generaron las deudas por las cuales fueron demandados. Otra de las inquietudes que tienen los investigadores, está relacionada con los detalles de las operaciones o transacciones que originaron las deudas y si se les entregó algún bien, servicio a cambio o dinero. Una de las preguntas que les harán es si tuvieron conocimiento en algún momento de que las deudas por las que fueron demandados había sido supuestamente adquirida por el "actor" a través de un "paquete de deuda" o "cartera de morosos" de otro comerciante o entidad.
Está previsto que, en las audiencias, les exhiban las copias de los pagarés que dieron origen a los procesos ejecutivos. Luego, les consultarán si reconocen como probablemente suyas las firmas que aparecen en los documentos; si recuerdan si al momento de firmar los pagarés estos ya contenían todos sus elementos esenciales (monto, fecha de vencimiento, nombre del beneficiario, etc.) o si los firmaron "en blanco" o con alguno de sus campos sin completar; si algunos bienes suyos fueron secuestrados, si tienen conocimientos de dónde fueron entregados y cuáles han sido sus destinos finales (si fue subastado, devuelto, etc.). Por otra parte, tratarán de conocer si fueron debidamente citados o notificados por el Juzgado para reconocer sus firmas en los pagarés en alguna instancia del proceso judicial y si tuvieron la real oportunidad de desconocerlas o de oponer la excepción de falsedad.
Costilla ordenó convocar a prestar declaración testimonial a 478 testigos en la causa de la banda de los usurpadores. Se trata de personas que habrían sido demandadas en juicios ejecutivos por Mario Rodrigo Del Campo, el presunto líder de la banda. Estos 478 testigos comenzarán a declarar a partir del lunes 4 de agosto de este año.
En los considerandos, Costilla señaló que “en el marco de la presente investigación, se ha procedido a la incautación y análisis de 478 expedientes ejecutivos del fuero comercial, que en rigor resultan ser solo una parte del volumen total de expedientes promovidos si se repara en el confronte con los informes labrados por los juzgados de Primera Instancia en lo Comercial y de Ejecución N° 1 y N° 2, de cuyo examen preliminar ya se han verificado la existencia de ciertos patrones de regularidad y la existencia de indicios serios que apuntan a develar la orquestación de estos juicios por parte de Mario Rodrigo Del Campo, en su calidad de presunto líder y organizador de la mencionada asociación ilícita”.
Luego, explicó que hay una “imperiosa necesidad de convocar a prestar declaración testimonial a la totalidad de los demandados individualizados a la fecha en los referidos expedientes. Ello, con el objeto de verificar el origen real de las deudas ejecutadas, el eventual reconocimiento de las firmas que instrumentan los títulos ejecutivos, los domicilios informados en las actuaciones y los resultados de los actos de intimación y/o notificación glosados en cada expediente, con la trazabilidad de los embargos sobre haberes -verificando el destino final de los montos efectivamente cobrados mediante las órdenes de pago en las cuentas judiciales del BNA (Banco de la Nación Argentina)- y/o secuestros de bienes registrables y el destino final tras ser entregados en depósito judicial”.