jueves 28 de marzo de 2024
Crimen de Elba Ibáñez

"El acusado, con clara intención de matarla, la atacó con sus manos"

El fiscal mantuvo la acusación de "homicidio simple" y pidió una pena de 14 años. La defensa pidió la pena mínima, ocho años.

“Hubo una traición a la confianza”, remarcó el fiscal Mauvecín. Ayer, en la segunda jornada de debate por la muerte de Elba Ibáñez, se presentaron los últimos testigos y se pasó a la instancia de alegatos. Desde Tinogasta, Antonio Lorenzo “Tito” Quiroga ocupa el banquillo de los acusados para responder por “homicidio simple”. El trágico hecho sucedió en marzo de 2019, en Fiambalá, Tinogasta.

El debate se lleva a cabo en la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación, integrada por los jueces Jorge Palacios, Marcelo Soria y Patricia Olmi. El Ministerio Público Fiscal es representado por el fiscal Miguel Mauvecín, quien está acompañado por el abogado de la querella, Sebastián Ibáñez. La defensa es ejercida por el abogado del foro local, Roberto Mazzucco.

La jornada abrió con la comparecencia de algunos testigos. El primero en dar testimonio fue un policía de la División de Homicidios. Indicó que, de acuerdo con la investigación, Elba se comunicaba telefónicamente con Quiroga porque ella se encontraba cursando un embarazo y había recurrido a Quiroga. “Cometió el homicidio al realizar la maniobra abortiva. Intentó ocultar esa situación y se despojó del cuerpo”, precisó.

A su turno, declaró el médico que realizó la autopsia. “Fue una muerte violenta”, afirmó. A través de videoconferencia, desde Tinogasta, una mujer –amiga de Elba- contó que en una oportunidad anterior Quiroga le había efectuado un aborto.

En la instancia de alegatos, el fiscal de Cámara remarcó que se trató de “una muerte por homicidio”. “El acusado, con clara intención, la atacó con sus manos. La ahorcó y la golpeó hasta darle muerte. Claramente hubo dolo, una intención de matar. No pudo existir muerte natural con esos golpes”, advirtió.

Para el fiscal de Cámara, se trató de un hecho grave porque Elba conocía a Quiroga y ambos tenían una relación laboral. “Una vez le hizo un aborto. Ella confiaba plenamente en Quiroga. Compró pastillas y volvió a Quiroga, por la confianza. Huno una traición a la confianza. Volvió a recurrir para que le realice una práctica abortiva y él la termina ultimando”, detalló.

El representante del Ministerio Público Fiscal mantuvo la acusación contra Quiroga y pidió una pena de 14 años. A la vez, dado que llegó a debate en libertad, solicitó restricciones de acercamiento a la familia de la víctima hasta que el fallo quede firme. A su turno, el querellante Ibáñez coincidió parcialmente con el fiscal de Cámara. No obstante, hizo propia su valoración. Para el abogado de la querella, la calificación legal contra Quiroga debe ser “homicidio agravado por mediar violencia de género. En consecuencia pidió la pena máxima, prisión perpetua o, en su defecto, 20 años de prisión.

“El Ministerio Público Fiscal no está representando los intereses de la víctima”, señaló. Al mismo tiempo, sin dar demasiadas precisiones sobre la valoración de la prueba, consideró que se trató de “un hecho de violencia de género. Encubrió un aborto clandestino. Ya estaba delinquiendo. Ya había un delito”, sostuvo. Por último, -sin haberse constituido previamente como actor civil- solicitó una reparación integral por daño moral y material, por $15.000.000.

Por su parte, el abogado defensor advirtió que el acusado reconoció la autoría del hecho. “Quedó acreditado el embarazo, la relación laboral y la práctica abortiva anterior. No están claras las circunstancias; no existía un móvil”, señaló. Con relación al pedido del fiscal, consideró que la pena solicitada es excesiva.

En cuanto al planteo de la querella, Mazzucco indicó que se trató de extensas consideraciones aunque de manera abstracta, “sin justificar los motivos del pedido. No todo hecho de homicidio (contra una mujer) es femicidio. Hay una serie de consideraciones. No se incorporaron nuevos elementos para justificar semejante cambio de calificación. El representante de la querella hace una exposición de manual. No hace referencia a elementos probatorios que avalen su pedido”, señaló.

A la vez, advirtió que no se justifica el resarcimiento económico, dado que no se constituyó como actor civil. En conclusión, la defensa pidió la pena mínima –es decir, ocho años- por la imputación con la que llegó a debate. También rechazó el pedido de agravante y que se aplique una pena mayor.

Finalizada la instancia de alegatos, el Tribunal pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes. Entonces, se dará a conocer el veredicto.

Sin facultad para ampliar la acusación

Concluidos los alegatos, el fiscal de Cámara solicitó la palabra. Mauvecín aclaró, con relación al pedido de la querella, que solamente el Ministerio Público Fiscal puede ampliar la imputación. No obstante, explicó el procedimiento: la querella puede instar al Ministerio Público Fiscal (al cambio de calificación) y luego debe “correr vista”. “Puede instar pero no puede ampliar”, aclaró.

A la vez, recalcó que la querella volvió a demostrar “desconocimiento”. “El Ministerio Público Fiscal sí es representante de la familia y de la sociedad. No hay elementos para la figura de ‘femicidio’”, aclaró y rechazó su planteo.

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