miércoles 27 de marzo de 2024
Condena en suspenso

"De corazón, lo siento mucho por la familia de este muchacho"

Enzo Noé Acosta (37) fue sentenciado a 2 años y 7 meses por la muerte de Pablo Molina. El hecho ocurrió en 2016.

Un camionero que llegó a juicio por un accidente de tránsito fatal fue condenado ayer a la mañana la pena de 2 años y 7 meses de prisión en suspenso, lo que significa que no irá a la cárcel pero sí estará imposibilitado para conducir cualquier tipo de vehículo durante seis años.

El juez correccional N° 2, Diego Chayle Costilla, dio a conocer el veredicto de sentencia pasado el mediodía. Minutos antes Enzo Noé Acosta tuvo la última palabra. "De corazón, lo siento mucho por la familia de este muchacho. Fue un accidente", señaló el camionero. La sentencia se escuchó una vez finalizadas las palabras de Acosta. El Tribunal no pasó a un cuarto intermedio.

Las alternativas del juicio fueron acompañadas por familiares de la víctima, Pablo Molina, quienes estuvieron frente al edificio del Juzgado en calle República al 300.

En los alegatos expuestos el miércoles, la fiscal Olga Pereira de Delgado había solicitado una pena de 2 años y 8 meses de prisión en suspenso. Por su parte, la abogada querellante, Natalia Páez, había pedido una pena de 5 años de prisión efectiva. La defensa había solicitado la absolución. El debate oral había comenzado el martes.

En las próximas semanas se darán a conocer los fundamentos de la sentencia, tras lo cual la defensa del condenado puede presentar un recurso de casación, el cual deberá ser examinado por la Corte de Justicia.

De la querella

"Lo positivo es que ha sido condenado. Las penas en suspenso dejan un sabor amargo. Dos años y siete meses y en suspenso no son nada. No tiene relación con lo que es el sentido común. Los jueces tienen que entender que el sentir popular dice lo contrario", señaló la abogada Páez al término de la audiencia. Los dichos de la letrada fueron expuestos en su alegato en el que había pedido para el camionero la pena máxima y que quede detenido. Posteriormente se reunió con familiares y allegados de la víctima. Personal policial montó un operativo para prevenir incidentes a la salida de Acosta.

El hecho

Enzo Noé Acosta fue hallado culpable del delito de homicidio culposo por el accidente de tránsito ocurrido el 19 de febrero de 2016 y que le costara la vida a Pablo Salomón Molina.

El hecho ocurrió cuando Molina, de 35 años, acababa de salir de trabajar en la fábrica Alpargatas. Fue arrollado cuando conducía su motocicleta Yamaha YBR 125 cc en la Ruta Nacional 38 a la altura del Polideportivo de la Policía.

Acosta se trasladaba en un camión con materiales de construcción y tras realizar una maniobra en la que invadió el carril contrario, impactó de frente contra el rodado menor. Como consecuencia del tremendo choque, Molina murió en el acto.

Homicidio culposo

La figura de homicidio culposo se encuentra contenida en el artículo 84 del Código Penal. En 2018 se realizó una modificación incluida en la ley 27347 y que establece que “será reprimido con prisión de uno a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro la muerte. El mínimo de la pena se elevará a dos años si fueren más de una las víctimas fatales”.

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