viernes 22 de marzo de 2024
Juzgado Correccional de tercera nominación

Condena de un año de prisión efectiva por desobedecer órdenes

El penado tiene una causa por trata de personas en el Juzgado Federal. Había violentado a una víctima.

Miguel Manuel Acosta (76) fue hallado culpable en los delitos de “amenazas simples” y dos hechos de “desobediencia a la autoridad”. El debate se llevó a cabo en el Juzgado Correccional de Tercera Nominación. El martes último, el juez Correccional Javier Herrera hizo lectura del veredicto. A la vez, condenó a Acosta a la pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo.

También dictó la prisión preventiva para el condenado, hasta tanto la sentencia quede firme y ordenó la inmediata detención y puesta en conocimiento al Servicio Penitenciario Provincial y a la Justicia Federal. Acosta tiene en trámite, en la Justicia Federal, una causa por trata de persona. El expediente estaría próximo a ser elevado a juicio. Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que Acosta violentó a una víctima. Oportunamente, se le había fijado una orden restrictiva pero el ahora penado la incumplió.

En el veredicto, el magistrado resolvió al mismo tiempo, darle intervención a la Secretaría de Mujeres, Género y Diversidad dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos de esta provincia, a los fines del abordaje de la situación de la víctima y darse participación a la Oficina de Asistencia a la Víctima de Delito del Poder Judicial, para asistir a la denunciante. En este marco, se envió un oficio a la Jefatura de la Policía de la Provincia, de modo que arbitre los medios necesarios para el resguardo de la integridad física de la víctima y su grupo familiar. Por último, se ordenó que Acosta realice un tratamiento psicológico o psiquiátrico a los fines de procurar la evitación de nuevas conductas como las que fueran materia de juzgamiento, así como la internalización de valores relacionados a la paridad de género y la cohesión familiar. A tal fin, se ofició al Servicio Penitenciario Provincial para tomar las medidas pertinentes.

Delito

La trata de personas implica el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países. La trata de persona es un delito, sin importar si hay consentimiento o no de la víctima. Este delito constituye una de las más graves violaciones a los Derechos Humanos, ya que su finalidad es la obtención de una ganancia a costa de considerar a las personas como mercancías, afectando su dignidad, integridad y libertad. La trata de personas con fines de explotación laboral o sexual es un delito. A través de la Línea 145 podés hacer la denuncia. La denuncia es importante para que la Justicia pueda arbitrar los medios y facilitar los canales de las instituciones y organizaciones que están involucradas en el abordaje integral para que puedan intervenir.

Para que exista la trata es fundamental la figura del denominado “cliente o usuario”, ya que es quien fomenta el círculo de explotación. Los usuarios de la prostitución, los propietarios de esclavos o los consumidores de productos fabricados por víctimas de la trata, entre otros, son responsables de generar la demanda que propicia la trata de personas.

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