En el transcurso de la semana en la Cámara de Sentencia Penal Juvenil se llevó a cabo un debate por un delito contra la integridad sexual de una niña. El acusado, adolescente al momento de los ultrajes, oportunamente fue imputado por dos hechos de “abuso sexual con acceso carnal”. El joven fue declarado penalmente responsable por los delitos por los que venía incriminado y condenado a la pena de seis años y seis meses de prisión.
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Condena de seis años y seis meses por ultrajar a una niña
El fiscal había pedido una pena de ocho años. La defensa, la absolución por el beneficio de la duda.
Por tratarse de un delito de instancia privada, con una niña como víctima, el debate se desarrolló a puertas cerradas. El Tribunal estuvo integrado por el juez penal juvenil Fabricio Gershani Quesada y sus pares de la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación Luis Guillamondegui y Silvio Martoccia. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal de Cámara Augusto Barros, quien estuvo acompañado por la asesora de Menores Carolina Acuña Barrionuevo. La defensa fue ejercida por el abogado del foro local Juan Pablo Morales.
De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, los ultrajes sucedieron en el entorno familiar. En la instancia de alegatos, el fiscal Barros mantuvo la acusación y pidió una pena de ocho años de prisión. La asesora Acuña Barrionuevo adhirió al planteo. A su turno, el defensor Morales planteó una nulidad y, en forma subsidiaria, solicitó la absolución por el beneficio de la duda. En caso de que ninguno de los dos pedidos prosperara, pidió la pena mínima. A la vez, por tratarse de un caso abordado por el Tribunal Penal Juvenil, solicitó que su asistido mantenga el estado de libertad hasta que la sentencia quede firme.
El debate terminó ayer. El acusado tuvo la oportunidad de expresar una última palabra. Luego, los jueces pasaron a un cuarto intermedio para deliberar. Finalmente, la secretaria de la Cámara del fuero especializado Daniela Olmedo leyó el veredicto: los magistrados hallaron al acusado culpable por los delitos que se le reprochaban y que había cometido cuando era adolescente. Se lo condenó a seis años y seis meses de prisión. No obstante, mantiene la libertad hasta que la sentencia quede firme.
Puertas adentro
El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más extrema que niños, niñas y adolescentes pueden sufrir. No obstante, el dato más importante que advierten los profesionales en esta temática es que en la gran mayoría de los casos se trata de abusos sexuales intrafamiliares: padre, abuelo, hermano, tío o primo son los principales sospechosos.
El victimario realiza un abuso de poder. A través de diversos mecanismos de manipulación y amenaza, quien abusa genera en la víctima un sentimiento de culpa y vergüenza. Es por ese motivo que quienes lo sufren pueden tardar mucho tiempo, incluso años, hasta que pueden poner en palabras lo que les sucedió. El agresor sexual se vale del miedo, la culpa y la manipulación. De esta manera, promueve la impunidad en estos actos de violencia.
¿Qué hacer?
En octubre de 2018, tras una modificación en el artículo 72 del Código Penal Argentino (CPA), se convierten en carácter de orden público los delitos sexuales contra chicos y chicas. De esta manera, la acción ante la Justicia podrá ser iniciada por cualquier persona y el Estado, a través de los fiscales, estará obligado a llevar adelante las investigaciones correspondientes. Es decir, se elimina el requisito de la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente como condición para proceder.
Ante la duda, sospecha o certeza de una agresión sexual a un niño, niña o adolescente se debe dar aviso a las autoridades para poder intervenir. La Línea 102 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes funciona las 24 horas, los 366 días. El servicio es gratuito y anónimo.