Los abogados defensores del ex subsecretario de Acción Social Víctor Brandán (Pedro Vélez) y del ex ministro de Salud Pablo Doro (Carlos Rosales Vera) plantearon ante la Corte de Justicia sus argumentos en contra de la sentencia que condenó a ambos en la causa conocida como las “compras directas”, por una serie de contrataciones realizadas entre fines de 2003 y principios de 2004. En la audiencia de expresión de agravios estuvieron presentes, además, Facundo Barros Jorrat y Alejandro Dalla Lasta en representación de la Fiscalía, y el abogado Mauricio Fuenzalida en representación de Fiscalía de Estado, querellante en el expediente. La Corte no tiene un plazo establecido para definir sobre esta causa.
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Compras directas: plantearon rechazos ante la Corte de Justicia
Durante más de tres horas, las partes expusieron sus fundamentos para atacar la sentencia a la que llegó la Cámara Penal Nº 3 el 16 de marzo de este año, en la que condenaron a Doro a seis años y a Brandán a diez años de prisión efectiva, por fraude en perjuicio de la Administración Pública por administración infiel en concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos. Los encontraron culpables de siete y doce hechos, respectivamente.
En la audiencia, Vélez insistió en la violación del plazo razonable, al señalar que la causa se tramitó durante 19 años, en los que la Fiscalía “jamás pidió fecha de debate” e incluso recordó que en varias instancias el expediente volvió sobre sus pasos por errores en la instrucción. Desde Fiscalía remarcaron que se trató de una causa voluminosa y compleja, en la que hubo más de 70 testigos y 20 cuerpos de expedientes. Vélez reclamó que la cantidad de testigos en relación con la cantidad de años transcurridos “implica un ritmo de cinco testigos por año” y recordó que los expedientes son voluminosos, “ya que están incorporadas todas las actuaciones del Tribunal de Cuentas”. “No es por un accionar del Ministerio Público”, lamentó el abogado en diálogo con El Ancasti.
“Nunca se hicieron pericias caligráficas para los testigos que desconocieron sus firmas, no se hicieron pericias contables, no se pidieron informes a AFIP u otros organismos pertinentes. A los proveedores que se mencionan como parte del supuesto circuito nunca se los citó ni como testigos”, reclamó. En ese sentido, aseguró que a Brandán se le cercenó el derecho de defensa, pues hubo más de 30 testigos que no prestaron testimonio en el juicio porque no fueron debidamente notificados. “Muchos de ellos son empleados de carrera, que en la instrucción negaron que hubiera irregularidades”, señaló.
Por otra parte, tal como ocurrió al momento de los alegatos en marzo pasado, Vélez explicó que las facturas y comprobantes denunciados como apócrifos no son prueba para acreditar un perjuicio al Estado, ya que no hay pericias contables. “Quizás podría haber alguna falla administrativa, pero no hay delito”, opinó el abogado, fundamento que compartió con el defensor de Pablo Doro, Carlos Rosales Vera.
Los abogados coinciden en que se debe dictar la absolución para ambos, tal como ocurrió con los otros dos imputados que llegaron al juicio: Carlina Zurita de Valles y Omar Guillermo Martínez. A la elevación a juicio había llegado como imputada también la ex directora de Servicios Administrativos Teresa del Carmen Miñaura de Siarez, pero falleció en 2019.
Los fundamentos
El Tribunal de la Cámara Penal Nº 3, que integraron Marcelo Soria, Mauricio Navarro Foressi y Rodolfo Moreno, consideró que los dos condenados eran conscientes de que su accionar constituía un perjuicio a la Administración Pública. Además, remarcaron el ánimo de lucro de la maniobra y consideraron que los exfuncionarios “no tenían necesidad de incurrir en comportamientos disvaliosos”.
En los fundamentos del fallo explicaron que “se estima acreditada la existencia del ardid o engaño empleado para aparentar la provisión de bienes, el que consistió en el despliegue de varios procedimientos administrativos encaminados intencionalmente a inducir en error a la Administración Pública, pero particularmente en la de introducir en las actuaciones administrativas constancias que, de manera artificiosa, faltan a la verdad”.
“La sociedad espera y exige de sus funcionarios que cumplan con responsabilidad y honestidad la función que se les encomienda. La conducta de los funcionarios no ha estado a la altura de lo que la sociedad requiere: conductas éticas, decencia, cuidado y adecuado destino de los fondos públicos”, expresaron.