Para realizar algunas pericias

Caso Andrea Navarro: se reprograma la audiencia de pena

14 de junio de 2023 - 00:20

Debido a una cuestión de agenda del Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF), se reprogramó para el próximo jueves 22 de junio, en turno vespertino, la audiencia para fijar pena al joven que confesó la agresión a Andrea Navarro en enero del año pasado en la zona sur de la Capital. El joven había sido imputado por “robo doblemente calificado por el uso de arma y por ser perpetrado con escalamiento en concurso real con homicidio criminis causa en grado de tentativa”.

En un primer momento, el jueves pasado estaba previsto el sorteo de jurados para la realización de un juicio por jurado. Sin embargo, se realizó una audiencia de juicio abreviado, que fue presidida por el juez Penal Juvenil Fabricio Gershani Quesada. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal Penal Juvenil, quien estuvo a cargo de la investigación del caso, Guillermo Narváez, y el fiscal de Cámara Augusto Barros. Ambos estuvieron acompañados por la abogada Silvia Barrientos, en representación de la querella. La defensa fue ejercida por el abogado particular Víctor García.

El joven decidió confesar el hecho y asumir su responsabilidad. Dado el acuerdo entre las partes, se concretó el juicio abreviado. Si bien se declaró la responsabilidad penal del joven –adolescente de 17 años al momento del hecho-, no hubo acuerdo en el monto de la pena. Por ello, se había fijado para hoy la audiencia para determinar la pena. No obstante, debido a que queda pendiente la realización de algunas pericias, la audiencia se reprogramó. Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que entre mañana jueves y el miércoles próximo se concretarán las pericias psicológica y psiquiátrica pertinentes. Según se detalló, ambas son pruebas esenciales a los fines de imponer pena. Por ello, la audiencia se reprogramó para el jueves 22 de junio, en horario vespertino. Tal fue la decisión de la Cámara de Sentencia Penal Juvenil, debido a que hasta julio en horario matutino se tienen programados varias audiencias.

Semejanzas

El Fuero Penal Juvenil, regido por la Ley Provincial 5544, y el Juicio por Jurado, normado por la Ley Provincial 5917, comparten un punto: establecer pena en una audiencia puntual.

En el marco de los juicios populares, tras el veredicto del jurado –integrado por vecinos de la comunidad-, el juez director debe fijar una audiencia de “cesura de pena”. De acuerdo con la citada Ley, “leído y comprobado el veredicto, el juez o la jueza declarará disuelto al jurado”. Si el veredicto fuere de culpabilidad, “el debate continuará en la fecha de una nueva convocatoria no superior a los cinco (5) días que fijará el juez o jueza, con la recepción de la prueba que se hubiere ofrecido para individualizar la pena o la medida de seguridad y corrección. Terminada la recepción de prueba, el juez o jueza escuchará los alegatos finales de las partes, pero los mismos se limitarán a fundar las consecuencias jurídicas del veredicto del colegio del jurado”, se establece.

En tanto que en el Fuero Penal Juvenil existe la audiencia de “imposición de pena”. En el caso de los adolescentes, aunque pueden ser declarados penalmente responsables, no se les puede aplicar penal. La normativa vigente estipula que se debe cumplir un año de medidas tutelares. Una vez cumplida la mayoría de edad, se realiza la audiencia de imposición de pena. Las partes, la Fiscalía y la defensa, no alegan en relación con la culpabilidad o no –dado que queda fuera de discusión tras ser declarado penalmente responsable- del joven, sino que se concluye si debe o no fijarse una pena o alguna medida alternativa. El magistrado, con base a las conclusiones, emitirá un veredicto.

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