martes 26 de marzo de 2024
Trampa Piramidal

Bacchiani: la PROCELAC solicitó que se investigue con relación al "lavado de activos"

El fiscal consideró que el juez incurrió en adelanto de opinión al procesar solo por intermediación financiera no autorizada. En paralelo solicitó el apartamiento del juez federal.

El fiscal federal Rafael Vehils Ruiz pidió que el juez federal Miguel Ángel Contreras sea apartado de la causa de Edgar Adhemar Bacchiani, por haber adelantado opinión al procesar al “Trader God” y sus cómplices sólo por intermediación financiera no autorizada, descartar el lavado de activos y declinar en la Justicia provincial la competencia por las estafas y la asociación ilícita. En paralelo, Vehils puntualizó en la resolución sobre la intervención que tiene la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) en la causa, que "sugiere la producción de una serie de diligencias, las cuales se están llevando a cabo" con relación al delito del lavado de activos.

En su apelación al procesamiento, Vehils Ruiz consigna que el Ministerio Público Fiscal todavía no concluyó la investigación sobre el origen de los fondos que se depositaron en Adhemar Capital y señala que es muy probable que el delito, que es de competencia federal, se haya cometido, puesto que los montos que manejaba la firma superan holgadamente lo que reclaman los ahorristas defraudados. Esta diferencia le hace presumir que muchos inversionistas no denunciaron porque el dinero que depositaron provenía de actividades ilícitas o no tienen cómo justificarlo.

La Fiscalía, revela, pidió la intervención de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), "quien con la información brindada en la presentación del BCRA, sumada la recabada por parte de esa procuraduría en el marco de la investigación preliminar, sugiere la producción de una serie de diligencias, las cuales se están llevando a cabo. Es por esa razón que consideramos que la decisión del señor juez, resulta al menos apresurada, arbitraria y errada al descartar la comisión del delito de lavado de activos en esta etapa preliminar, ya que con relación al mismo, la investigación se encuentra en etapa preliminar", puntualiza la resolución.

Además, considera que los delitos investigados conforman un proceso único, en el que la intermediación financiera no autorizada era imprescindible para captar los ahorros estafados.

Por lo tanto, a su criterio no corresponde escindir las estafas y la asociación ilícita y derivarlas al fuero provincial.

Antecedente

Vehils Ruiz y el fiscal federal Santos Reynoso ya pidieron el apartamiento de Contreras el año pasado en una causa por narcotráfico.

La Cámara Federal rechazó el planteo y ordenó a Contreras rehacer la sentencia en la que había beneficiado con la falta de mérito al abogado y excamarista Juan Pablo Morales, por haber hecho una lectura sesgada del cuerpo probatorio.

RT Inversiones: rechazan excarcelación

El juez federal subrogante Sebastián Argibay resolvió rechazar el pedido de excarcelación solicitado para Edgardo Edmundo Bulacio en la causa RT Inversiones. El juez resolvió por el delito de "intermediación financiera". En el dictamen, Argibay indica que el fiscal solicita que se no se haga lugar a los planteos de la defensa del imputado y "sustenta su posición en la existencia de riesgos procesales y que la detención resulta procedente a los fines de salvaguardar los intereses y derechos de las víctimas, señala además que el rol que Bulacio ocupaba en la organización, sindicado como uno de los miembros más importantes de la misma y, estando en libertad, cuenta con la capacidad suficiente para impedir el avance de la investigación y entorpecer".

Finalmente Argibay resolvió que en "esta instancia y de acuerdo a los documentos aportados a la causa, no se advierte la presencia de razones que permitan otorgar el beneficio que requiere. (...)", agregó también "la oposición formulada por la Fiscalía en su dictamen, por cuanto, el riesgo procesal se encuentra altamente activado, estamos en las puertas de un proceso altamente complejo, no solo por la cantidad de imputados, sino además, por la complejidad de las medidas a adoptar y por la cantidad de personas afectadas con intervención en calidad de querellantes en la causa, lo que hace necesario adoptar esta excepcional medida de restricción de la libertad del imputado".

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