Juicio abreviado en Andalgalá

Acusado de abuso sexual confirmó la agresión y lo condenaron a 15 años

Estaba previsto un juicio por jurados pero el imputado decidió admitir su responsabilidad y confesar el hecho.
1 de julio de 2023 - 00:50

La Oficina de Gestión de Audiencia (OGA) del Poder Judicial se trasladó hasta Andalgalá para realizar la audiencia de admisión de evidencia de un juicio por jurado por hecho de violencia sexual. El imputado, quien debía responder por dos hechos de “abuso sexual con acceso carnal”, uno de estos “agravado por el vínculo”, decidió confesar el hecho.

El juez Marcelo Soria dirigió la audiencia. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal del caso –de la Segunda Circunscripción Judicial- Martín Camps y el fiscal de Cámara, Miguel Mauvecín; acompañados por la asesora de Menores, Daniela Faerman Cano. El imputado contó con el asesoramiento del defensor Penal Oficial de Quinta Nominación, Mariano Guillamondegui.

De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, el hecho de violencia sexual había ocurrido en una localidad de Andalgalá, por ello se tenía previsto realizar el juicio popular en este departamento. En la oportunidad, las partes comunicaron al juez director que hubo acuerdo en tramitar la causa por juicio abreviado. Según se detalló, el imputado aceptó la responsabilidad penal por ambos hechos de abuso sexual. De esta manera, tanto la Fiscalía como la Defensa acordaron una pena de 15 años de prisión.

Ante la confesión del acusado, las pruebas que obraban en su contra y el acuerdo entre las partes, el magistrado-previa suspensión de la audiencia de admisión de evidencia para desarrollar el juicio abreviado- declaró al imputado culpable por los delitos por los que venía incriminado. En consecuencia, lo condenó a la pena de 15 años.

Legislación

La Ley Provincial 5.719 de Juicios por Jurado establece, entre los artículos 25 y 26, la realización del sorteo de potenciales jurados y la audiencia de admisión de evidencias. En esta última instancia –previa al juicio por jurados-, las partes pueden solicitar la realización de un “juicio abreviado”. A tal fin, el imputado reconoce el hecho y se acuerda una pena entre las partes, Ministerio Público Fiscal, defensa y querella –si hubiera-. El imputado confiesa el hecho, se releva la producción de prueba y se hace lectura de la prueba obrante tras la investigación penal. Reconocer el hecho hace que se considere la pena por las circunstancias de reconocimiento, pedir perdón a la víctima y ofrecer una reparación, entre otras cuestiones.

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