El fallo de la Sala Penal de la Corte de Justicia que redujo la condena del empresario gastronómico Sergio Coria de cinco años de prisión a tres años en suspenso —absolviéndolo por dos de los cinco hechos de abuso sexual por los que había sido condenado en marzo de 2025— no cerró el caso. Lejos de eso, abrió un nuevo capítulo judicial.
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Abuso sexual en Patagonia: la querella tildó de "nulo" el fallo de la Corte de Justicia
El abogado Carlos Rosales Vega cuestionó la reducción de hechos y de pena dispuesta por la Sala Penal. También anticipó acciones civiles contra los socios del empresario.
El abogado del foro local Carlos Rosales Vega, representante de la víctima en la querella, en conferencia de prensa anunció que interpuso un recurso extraordinario federal contra la decisión del máximo tribunal catamarqueño. A la vez, calificó el fallo de "nulo" y "arbitrario". También adelantó que presentará una demanda civil que alcanzará no solo al empresario gastronómico condenado, sino también a sus socios en la empresa.
La Sala Penal había resuelto, por mayoría, hacer lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la defensa de Coria, representado por el abogado particular Luciano Rojas.
El querellante remarcó que el abuso sexual implica un contacto físico, mientras que el acoso laboral es una forma de coacción verbal. En este sentido, Rosales Vera afirmó que los hechos descartados estaban plenamente acreditados -uno de ellos, citó, incluso- había quedado registrado en una filmación. Los ultrajes tuvieron lugar en el bar Patagonia.
Una vez conocido el fallo de la Corte, Rosales Vega presentó el recurso extraordinario federal a fin de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Si la Sala Penal lo rechaza, anticipó que recurrirán en queja ante el supremo tribunal de Justicia del país. "Vamos a iniciar una demanda civil por daños y perjuicios que no solo alcanzará al autor material, sino que la haremos extensiva de forma solidaria a los demás socios de la empresa por ser corresponsables directos de los hechos irregulares ocurridos en el ámbito de trabajo", concluyó.
Diferencias
Oportunamente, tras la decisión de la Corte de Justicia de confirmar la condena al empresario gastronómico Sergio Coria, con una significativa reducción de pena, el abogado defensor Luciano Rojas cuestionó la aplicación de la perspectiva de género en el proceso y adelantó que evalúan acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “La perspectiva de género resultó una herramienta de suma importancia. Sin embargo, consideramos que su aplicación radical o abusiva provocó resentimiento y daño, generando divisiones en la sociedad. Entendemos que debe encontrarse un nuevo equilibrio”, sostuvo.
Contrariamente, el abogado querellante Rosales Vera, consideró que la Cámara dejó en libertad “a un delincuente que ha cometido abusos sexuales aprovechándose de la circunstancia de ser dueño de un bar”. “Hay un aspecto que tiene que ver con que la Corte ha ratificado la responsabilidad de Coria en estos abusos. Eso es importante. En lo que yo discrepo es que la Corte, en un gesto de absoluta benignidad inadmisible desde mi punto de vista, ha reducido la responsabilidad a un nivel que no permite la detención”, señaló.
Condenado: “Abusó de su condición de jefe-empleador”
El 4 de marzo de 2025, el juez Correccional de Tercera Nominación, Javier Herrera declaró culpable a Sergio Coria en cinco hechos de “abuso sexual simple” y lo condenó a la pena de cinco años de prisión. Si bien la pena era de cumplimiento efectivo, mantiene la libertad hasta tanto la sentencia quede firme.
En sus fundamentos, el magistrado remarcó que tratándose de un caso de violencia sexual cometida en un contexto de violencia de género, la valoración de la prueba deber ser integral. “Me encuentro frente a cinco hechos delictivos de una especial gravedad, derivada de la condición de la víctima, empleada dependiente del local comercial cuyo copropietario y encargado era Sergio Eduardo Coria. Todas las agresiones sexuales son en su esencia graves y habilitan una mayor intensidad punitiva. La particularidad de estos casos está dada porque Coria abusó de su condición de jefe-empleador para generar o aprovechar los momentos en que cometió cada uno de los actos, valiéndose de la asimetría de esa relación laboral es que comenzó con un sigiloso acoso a espaldas de la mayoría de los empleados, incrementando su intensidad, pasando al acometimiento sexual. De esta manera, además de violentar el derecho de la víctima a una vida sin violencia, incumplió con su obligación de resguardar a sus dependientes pues, lejos de crear condiciones laborales dignas para la joven, la cosificó al punto de abusarla sexualmente”, sostuvo.
Una demora de 4 años
La denuncia se radicó en diciembre de 2020. Durante poco más de cuatro años, la causa debió sortear varias dilaciones, por planteos efectuados por el acusado. En octubre de 2021, se le fijaron restricciones al acusado. En febrero de 2023, la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos no hizo lugar al planteo de la defensa. Un mes después, el fiscal indagó a Coria.
En abril de 2024, el juez de Control de Garantías Marcelo Sago había rechazado unos planteos presentados por la defensa. El magistrado tampoco hizo lugar a la oposición de citación a juicio. La defensa insistió una vez más pero la apelación fue rechazada y se confirmó la elevación a juicio. El debate se abrió el 19 de febrero de 2025.