sábado 21 de marzo de 2026
Audiencia de expresión de agravios

La sentencia por el crimen de Yamil Mercado se evalúa en casación

Juan Rojano recibió 54 meses de prisión y su hermano fue absuelto. La querella pidió respetar la imputación inicial.

A ocho meses de terminado el juicio por el asesinato de Yamil Mercado, ocurrido el 12 de diciembre de 2017 en Andalgalá, se realizó ayer la audiencia de expresión de agravios donde la querella pidió que se respete la imputación por la cual dos sospechosos fueron juzgados. La sentencia que ayer se trató en casación, en la Sala Penal de la Corte de Justicia, fue dictada a fines de octubre de 2024 por el Tribunal de la Cámara Penal N°2, integrado por los jueces Luis Guillamondegui, Silvio Martoccia y Miguel Lozano Gilyam.

Por unanimidad, Juan Carlos Rojano fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión efectiva por “homicidio con exceso en la legítima defensa”, mientras que su hermano Matías David fue absuelto por el beneficio de la duda. El fallo de los jueces no conformó a la querella y fue duramente cuestionado por la defensa de la víctima.

Juan Carlos y Matías David habían llegado a debate imputados por el delito de “homicidio agravado por alevosía”. Juan Carlos debía responder como autor y Matías, como partícipe necesario. Con esa calificación legal, los dos podían haber sido condenados a prisión perpetua, pero la Fiscalía no sostuvo esa acusación.

El querellante y actor civil Fernando Contreras del Pino, que solicitó la audiencia en casación, reiteró ayer su reclamo de que no se modifique la calificación inicial del caso, que terminó con una imputación con pena menor y una absolución. Insistió en su solicitud de que se mantenga la imputación inicial, asegurando que la calificación legal establecida por el Ministerio Público Fiscal (MPF) en la acusación, era la correcta, y cuestionó la sentencia de la Cámara Penal N°2.

Para el abogado, los jueces incurrieron en inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva en su sentencia, y en error al valorar la prueba y violación de la sana crítica. Respecto a la acción civil, alegó que se debe ajustar la indemnización a lo solicitado por sus representados, por considerar que el monto fijado en la sentencia no tuvo en cuenta las necesidades particulares de cada hijo y de la esposa de la víctima.

Por otra parte, habló sobre las pruebas en las que se basó para establecer que había quedado probada la participación directa de uno de los acusados y la participación necesaria del otro, para que se produzca la muerte de la víctima. Durante la audiencia, el MPF representado por el fiscal Augusto Barros, contrariamente a lo manifestado por la querella pidió que se confirme la sentencia, asegurando que no existen arbitrariedades ni irregularidades que justifiquen el recurso de casación interpuesto por la querella, en representación de la familia de la víctima.

A su vez, la defensa a cargo de los abogados Luciano Rojas y Manuel Calderón Meyner, consideró que el recurso solamente se basó en el criterio subjetivo de la querella y no en cuestiones objetivas. Para los dos abogados, no quedó claro cuál es el motivo por el que ataca la resolución del Tribunal del juicio. Solicitaron que el planteo sea rechazado "in limine" (porque no se ajusta a las reglas establecidas), y que por consiguiente se confirme la sentencia.

Finalmente, los jueces cedieron la palabra a la viuda de Mercado, quien informó que teme por su integridad y la de sus familiares, por posibles represalias de los Rojano, que están en libertad. Pidió Justicia y que se considere la imputación inicial.

El crimen

Mercado había discutido con Matías David. La situación continuó con empujones. Yamil intentó salirse y regresar a su casa pero Juan Carlos lo habría agredido por la espalda con un fierro. Mercado fue herido. Lo internaron en Andalgalá y murió tres días después en la Capital.

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