miércoles 27 de marzo de 2024
Decreto

Ajuste en el Estado: sin designaciones, limitan vehículos oficiales, viáticos y viajes

El Gobierno publicó un decreto que suspende las contrataciones y designaciones hasta el 31 de diciembre de 2019, reduce un 30% los gatos en viáticos y limita los pasajes de funcionarios en ejecutiva.

Por Redacción El Ancasti

A través del decreto decreto N° 632/2018 publicado en el Boletín Oficial este martes, el presidente Mauricio Macri frena los ingresos y designaciones en el Estado Nacional y dispone que se revisen premios y bonificaciones. Busca además limitar los vehículos oficiales, los viajes en ejecutiva y bajar en un 30% los gatos en viáticos.

Contrataciones

Se establece que las oficinas de la administración pública “no podrán efectuar nuevas designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento presupuestarias o no presupuestarias, hasta el 31 de diciembre de 2019”.

No se podrán firmar tampoco nuevos convenios de Servicios de Asistencia Técnica. Los convenios vigentes entre el Estado y las Universidades nacionales, provinciales o privadas u otras instituciones de enseñanza pública quedarán sin efecto a partir del 1° de enero de 2019.

Premios y bonificaciones

Las jurisdicciones deberán informar, dentro del plazo de 30 días la norma que dispuso su creación y aplicación, sus características y la planificación de su pago para el año en curso. El decreto prohíbe instrumentar nuevos bonos, premios, incentivos o suplementos hasta el 31 de diciembre de 2019.

Vehículos oficiales

La Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) deberá efectuar en 30 días un relevamiento de vehículos de uso oficial que se usen para el traslado de funcionarios.

Mientras se realiza el relevamiento, el Gobierno ordenó suspender los procesos de comprar o alquilar vehículos.

Viajes en ejecutiva

Sólo las autoridades de nivel de Ministro o Superior podrán utilizar pasajes en clase ejecutiva. Deben tener la conformidad del Jefe de Gabinete de Ministros. En el caso de Secretarios de Estado, sólo podrán utilizarse pasajes en esta clase para viajes de duración mayor a ocho horas, siempre y cuando cuenten con la previa autorización del titular de la Jurisdicción o Entidad de la que dependan.

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