La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas, Familia y del Trabajo de 3ra. Nominación admitió los recursos de apelación interpuestos contra de la sentencia emitida por el Juez de 1ra. Instancia en lo Civil de 2da. Nominación, Dr. Osvaldo Romero, sobre la resolución del Tribunal de Penas (TdP) de la Liga Catamarqueña de Fútbol, que había sancionado a nueve futbolistas, DT y PF de Vélez.
El nuevo fallo se sustenta en “la falta del ejercicio de la legítima defensa” que afectó a los inculpados, que no fueron citados por el TdP, a los fines de formular sus descargos, de acuerdo a como, reglamentaria y constitucionalmente, corresponde.
Planteadas sendas apelaciones, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minas, de Familia y Menores resolvió, en relación con lo peticionado por los jugadores y los integrantes del cuerpo técnico de Vélez, "revocar la sentencia apelada acerca de la suspensión provisoria de los mismos" y dispuso “la realización de un nuevo procedimiento, en el que se correrá traslado de la acusación a los imputados y ellos tendrán el derecho de defenderse efectuando los descargos”.
Conforme a lo resuelto por la Cámara de Apelaciones en lo Civil se deberá dictar por parte del Tribunal de Disciplina de la Liga Catamarqueña de Fútbol una nueva resolución respecto de los hechos acaecidos durante partido entre Vélez y Defensores del Norte, disputado el 29 de noviembre de 2022, en plazo de 15 días de estar firme la sentencia y previa citación de los imputados para que ejerzan el derecho de defensa, conforme a lo normado por el Art. 8° del Reglamento de Transgresiones y Penas”.
Para poder llevar a cabo este procedimiento, ordenado judicialmente, deberá ser modificado por parte de la Liga Catamarqueña de Fútbol, la conformación del Tribunal de Disciplina, asumiendo los miembros suplentes, por cuanto los miembros titulares actuantes que dispusieron las sanciones, “se encuentran inhabilitados para este nuevo procedimiento, por haber -los mismos- prejuzgado…, situación que no garantiza la observancia del debido proceso que tiene raigambre constitucional” cerró.