miércoles 20 de septiembre de 2023

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La Corte confirmó condena para un violento

"En el juicio quedó en evidencia el estado emocional de la víctima"

Fue hallado culpable por el delito de "lesiones leves calificadas". Se le impuso una pena de seis meses de prisión efectiva.

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En julio del año pasado, un hombre fue hallado culpable por el delito de “lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja”. El juez Correccional de Primera Nominación, Marcelo Forner, lo condenó a la pena de seis meses de prisión efectiva. El penado, asistido por los abogados defensores Fernando Contreras Del Pino y Érica Fabiola Calderazzi, presentó un recurso de casación ante la Corte de Justicia. Recientemente se conoció el fallo del supremo tribunal: no se hizo lugar al planteo. A la vez, confirmó la condena del Juzgado Correccional, la que quedó firme. El traslado al Servicio Penitenciario Provincial, en Capayán, es inminente.

“El recurso debe ser rechazado, toda vez que, en lugar de ofrecer una visión crítica sobre la totalidad del marco convictivo meritado por el tribunal, el quejoso basa su estrategia recursiva en postular tardíamente propuestas que en modo alguno logran desvirtuar la apreciación integrada que de dichas probanzas ha efectuado el tribunal de juicio para alcanzar sus conclusiones. Aunque denuncia transgresión a las reglas sobre la interpretación de la prueba, solo expone su parecer distinto al que sustenta la condena, sin desvirtuar las conclusiones de la sentencia”, se argumentó.

El voto fue elaborado por el ministro Hernán Martel y fue acompañado por sus pares Fabiana Gómez, Luis Cippitelli, José Cáceres, Miguel Figueroa Vicario, María Fernanda Rosales Andreotti y Verónica Saldaño. A los fines de resguardar a la denunciante, expareja del condenado, no se lo identifica directamente. Para los ministros de la Corte, la violencia contra la mujer constituye una violación de derechos humanos. En el presente caso, se trata de una víctima vulnerable por su condición de mujer, valoraron, por lo que el examen de la cuestión impone la incorporación de la ‘perspectiva de género’.

“En el juicio quedó en evidencia el afectado estado emocional de la víctima al declarar; allí se refirió a distintos episodios de violencia sufridos por parte del acusado y las numerosas denuncias realizadas en su contra. Así, lo consideró el tribunal al poner de resalto que la denunciante, entre sollozos, con la voz entrecortada y en un tono muy bajo describió las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que el acusado le propinó golpes de puño en el rostro, como en otras partes del cuerpo. Así describió la dinámica que antecedió al hecho y las circunstancias que motivaron la reacción violenta del acusado”, advirtieron.

A la vez, remarcaron que la denunciante tiene una hija pequeña con el condenado. Para esta mujer, 2017 fue uno de los peores años, por la cantidad de veces en que la golpeó. “Más aún, cuando no podía hacerlo, se desquitaba golpeando a sus hijas –de la denunciante con parejas anteriores-. Incluso llegó hasta golpear a su hija mayor con el palo de una escoba en la cabeza”, se detalló.

Sobre el hecho en cuestión, se precisó que al acusado había ido a buscar a la hija que compartían. Sin embargo, como estaba en estado de ebriedad, la madre no permitió a su niña que lo vea en esa condición. “Ante la negativa, la amenazó, gritó y golpeó dándole una piña en el ojo izquierdo, para inmediatamente retirarse en su moto. Refirió que por las constantes amenazas que recibía de parte del penado, tuvo que levantar la denuncia radicada a mediados de febrero de 2019. También agregó que desde antes que lo mandaran al penal ya no tenía contacto con él pero mandaba a sus sobrinos a amenazarla e incluso llegó a denunciar a uno de ellos”, remarcaron.

Ante este panorama, la Corte destacó que el Tribunal pudo verificar cómo ha impactado en su psiquis y en su vida el comportamiento violento del acusado hacia ella. Además, la mujer había manifestado que en otras ocasiones ya había sufrido violencia por parte de su denunciado. Aquélla no fue la primera denuncia en su contra. Había radicado otras, generalmente en la Unidad Judicial 2 y una sola vez en la Unidad de Violencia. Al mismo tiempo, afirmó que siguió intimidándola telefónicamente desde el penal.

“Con la interpretación que efectúa el recurrente, argumentando que solo existen conjeturas y meras especulaciones sobre la existencia del hecho y la participación de su asistido en el mismo, no logra desvirtuar la apreciación integrada que de éste ha efectuado el Tribunal. En tanto considero la declaración aportada por la damnificada, sincera, coherente y coincidente”, destacaron.

Mitos a derribar

La violencia es una problemática que atraviesa a la sociedad. Las mujeres así como niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores, con discapacidad, migrantes y del grupo de diversidad sexual forman parte del grupo de personas socialmente vulnerables. En el contexto de la violencia contra las mujeres, algunos mitos persisten.

“Nos han transmitido esas creencias sin que nosotros nos demos cuenta y las seguimos admitiendo, si no las revisamos”, advirtieron profesionales en la temática. Uno de estos mitos asevera que “los violentos son enfermos mentales”. Al respecto, se remarcó que relacionar la violencia con la enfermedad mental es minimizar y desvalorizar la violencia en sí misma. “La violencia no es una enfermedad. Solo el 10 % de las enfermedades mentales presentan episodios de violencia que tienen que ver con el desequilibrio y las crisis de las personas que padecen”, se explicó.

“La violencia familiar es un problema de los pobres y de las personas sin educación” dice otro mito. Es falso. “Los mitos justifican, legitiman y ocultan la violencia. Son preconceptos que debemos deconstruir esas creencias. La violencia intrafamiliar es un flagelo que atraviesa a toda la sociedad y en todos los niveles de instrucción. La pobreza y la falta de instrucción, en todo caso, pueden ser factores que ayuden a su visibilidad o manifestación. Su contraparte, un mayor nivel adquisitivo o un mayor nivel de educación pueden refinar las acciones de la violencia y puede ayudar al ocultamiento de la violencia. Eso no significa que no exista en otros niveles sociales”, se detalló.

¿Dónde y cómo pedir ayuda?

Ante una situación de violencia, propia o de una persona conocida, el primer paso es comunicarse a través de los distintos medios. La denuncia es importante para que la Justicia pueda arbitrar los medios y para poder facilitar los canales de las instituciones y organizaciones que están involucradas en el abordaje integral para que puedan intervenir.

Podés hacer la denuncia en la Unidad Judicial Especial de Violencia Familiar y de Género, ubicada en Esquiú 315, funciona las 24 horas.

También pueden presentarse en las Unidades Judiciales de Capital, Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú.

La sede de la Fiscalía Penal –sita en Roca 50- es otra posibilidad para asentar denuncias. También podés acercarte a los Juzgados de Familia, en calle Perú 18.

En el interior de la provincia, en cualquier comisaría o Juzgados de Paz.

La Línea 144 y el SAE 911 están habilitados.

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