viernes 29 de marzo de 2024
por fraude fiscal

El Tribunal Supremo confirma la condena a Messi

El Tribunal Supremo confirmó la sentencia que condenó a Leo Messi y a su padre a 21 meses de cárcel por tres delitos de fraude fiscal.

Por Redacción El Ancasti

El Tribunal Supremo confirmó la sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó a Leo Messi y a su padre a 21 meses de cárcel por tres delitos de fraude fiscal en los ejercicios de los años 2007, 2008 y 2009 en los que dejó de ingresar más de cuatro millones de euros a las arcas públicas. La sentencia cuenta con tres votos concurrentes, que coinciden con la condena pero discuten algunas cuestiones técnicas.

El tribunal de instancia consideró probado que desde el año 2005, el delantero del FC Barcelona ocultó sus ingresos procedentes por los derechos de imagen bajo una falsa cesión de los mismos a sociedades radicadas en países que permitían la opacidad. Unos derechos que aparentemente se vendieron cuando Messi contaba con 17 años por 50.000 dólares. Un precio, "ilógico” o "ridículo”, dijo la sentencia, "teniendo en cuenta las expectativas que se cernían sobre Messi en relación a su calidad deportiva”. Más aun cuando se barajaban unos ingresos por este concepto de un millón de euros, según los informes que obran en la causa.

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  • La Audiencia de Barcelona consideró que los acusados "eludieron el pago de los ingresos percibidos por los derechos de imagen de Leo Messi, mediante una compleja maniobra negocial que no tenía más finalidad que ocultar a la Hacienda Pública los ingresos generados y quien era el verdadero perceptor de los mismos”.

    Respecto a los argumentos de la defensa del jugador que pasaban por afirmar que él no estaba al tanto de estos detalles porque solo se dedicaba a jugar al fútbol, dijeron los magistrados que se trata de un "desconocimiento evitable” porque existía una "sospecha justificada de que sus ingresos por derechos de imagen no tenían un origen claro y nítido”, por lo que tuvo "a su alcance” averiguar "de qué manera se gestionaban sus derechos”. "No puede errar aquel que no tiene interés en conocer”, según la sala.

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