viernes 29 de marzo de 2024
la cámara de casación deberá resolver

Interponen nulidad al sobreseimiento de Lucena

Fue presentado por las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos y de la familia de Nelly Borda.

Por Redacción El Ancasti
El abogado querellante Guillermo Díaz Martínez interpuso un planteo de nulidad al sobreseimiento de Alberto Carlos Lucena, dictado por el Tribunal Oral Federal en lo Criminal (TOFC), por lo que el represor había sido apartado de la nueva sentencia que se dictará el próximo 3 de octubre.

La presentación fue efectuada ante el TOFC compuesto por los jueces subrogantes Marta Liliana Snopek, Mario Marcelo Juárez Almaraz y Federico Díaz, quienes firmaron el sobreseimiento de Lucena a principio de este mes. Una de las Sala de Casación será la que deberá resolver si da lugar al planteo o si lo rechaza.

Díaz Martínez efectuó la presentación en su carácter de representante de la secretaría de Derechos Humanos y de los familiares de Nelly Yolanda Borda, la estudiante belicha secuestrada en 1976.

Condenaron a perpetua a Rauzzino

El letrado explicó que centró su pedido en tres puntos: el no haber sido notificados del pedido de sobreseimiento realizado por la defensa de Lucena y no haber tenido conocimiento del informe pericial médico y de la ampliación de éste.

"En nuestro carácter de querellantes, somos parte en el expediente y al ser parte, nos tendrían que haber corrido traslado sobre la presentación de Lucena sobre el pedido de sobreseimiento para poder contestar. Eso no se notificó. Tampoco se notificó del informe pericial que realizó un médico forense ni tampoco el informe ampliatorio de ese mismo perito, y nosotros de esa manera perdimos el derecho de presentar perito de parte, no pudimos ejercer ningún control", expresó Díaz Martínez.

El TOFC había dictado el sobreseimiento de Lucena por "incapacidad sobreviniente", tal como lo estipula el artículo 77 del Código Procesal Penal, ya que su abogado aducía su demencia de carácter "irreversible".

Lucena y Juan Daniel Rauzzino habían sido condenados a la pena de 16 y 10 años de prisión respectivamente el 15 de junio de 2012 tras haber sido culpables por "asociación ilícita como organizadores y autores mediatos de privación ilegítima de la libertad agravada" de Borda, Julio Genaro Burgos, Francisco Gregorio Ponce y Griselda del Huerto Ponce.

El fiscal Rafael Vehils Ruiz casó la sentencia y pidió que tenían que ser condenados por "homicidio agravado", lo cual fue aceptado por la Sala II de la Cámara de Casación que dispuso que se anule la sentencia y se dicte un nuevo fallo con la conformación de un nuevo tribunal. El 3 de octubre se conocerá el fallo.
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